En cumplimiento a lo ordenado en los actos administrativos referenciados a continuación, se envía los mismos para que sean publicados en la página web de la Corporación para su respectiva comunicación. Lo anterior por el termino de cinco (5) días hábiles.
Así mismo, se dispuso que contra la decisión adoptada no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 32 de la Ley 1333 de 2009, el cual dispone:
“Artículo 32. Carácter de las medidas preventivas. Las medidas preventivas son de ejecución inmediata, tienen carácter preventivo y transitorio, surten efectos inmediatos, contra ellas no procede recurso alguno y se aplicarán sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar”.
En concordancia a lo precitado se relaciona(n) el (los) Actos Administrativos en el boletín corporativo en la página web de la Corporación:
Fecha de Fijación: día: 22-06-2021
Fecha de Des fijación: 28-06-2021
NO. DE EXPEDIENTE |
TIPO DE ACTO ADMINISTRATIVO |
NO. DE ACTO ADMINISTRATIVO |
ASUNTO |
SE COMUNICA A: |
160-165128-0029-2019 |
AUTO |
200-03-50-06-0059-2020 DEL 04 DE FEBRERO DE 2020 |
POR MEDIO DEL CUAL SE IMPONE UNA MEDIDA PREVENTIVA |
PÚBLICO EN GENERAL
|
200-165128-0018-2021 |
AUTO |
200-03-50-06-0465-2020 DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2020 |
POR MEDIO DEL CUAL SE LEGALIZA UNA MEDIDA PREVENTIVA IMPUESTA EN FLAGRANCIA |
WILLIAM CUADRADO MONTES CC: 78.714.544 |
200-165128-0036-2021 |
AUTO |
200-03-50-06-0125-2021 DEL 05 DE ABRIL DE 2021 |
POR MEDIO DEL CUAL LEGALIZA UNA MEDIDA PREVENTIVA IMPUESTA EN FLAGRANCIA |
NORBERTO ZÚÑIGA IBÁÑEZ CC: 1.040.762.621 |
200-165129-0061-2020 |
AUTO |
200-03-50-06-0121-2020 DEL 13 DE MAYO DE 2020 |
POR MEDIO DEL CUAL LEGALIZA UNA MEDIDA PREVENTIVA IMPUESTA EN FLAGRANCIA |
CRISTIAN MANUEL CASTAÑO HUMANEZ CC: 1.039.097.497 Y JULIO CESAR SANTANA HUMANEZ CC: 1.001.588.957 |