LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABÁ – CORPOURABA
CERTIFICA QUE:
En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 68 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“Cuando se desconozca la información sobre el destinatario señalada en el inciso anterior, la citación se publicará en la página electrónica o en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días”
Por ello, se fijan las presentes citaciones el día 05-10-2021
Y se desfijan el 11-10-2021.
Igualmente de acuerdo a lo indicado en el DECRETO 491 DE 2020, Artículo 4. Notificación o comunicación de actos administrativos. Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos.
Y el Artículo 565 del DECRETO 624 DE 1989(Marzo 30)
“FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE IMPUESTOS. Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones administrativas, deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente”
Para ello deberá manifestarlo por escrito ante esta Autoridad al correo electrónico, corpouraba@corpouraba.gov.co., en todo caso de no surtirse la notificación personal en el término señalado, esta se hará por medio de Aviso y tendrá los mismos efectos legales, de conformidad con lo establecido en los artículos 69 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
NRO. DE ACTO ADMINISTRATIVO | FECHA DEL ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | NIT O C.C. | PERSONA JURIDICA O NATURAL A CITAR: |
RESOLUCIÓN Nro. 200-03-30-05-1682-2021 | 30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 8.337.027 | JOSE MANUEL CORDERO COCHERO |
RESOLUCIÓN NRO.
200-03-30-05-1681-2021 |
30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 71.976.876 | JOSE MANUEL VILORIA PEREIRA |
RESOLUCIÓN NRO.
200-03-30-05-1680-2021 |
30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 15.138.000 | JUAN DE JESUS RENDON CARDONA |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1679-2021 | 30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 11.804.420 | JOSE ROMAÑA PALACIOS |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1684-2021 | 30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | NIT 900.338.838 | RESGUARDO INDIGENA IPKIKUNTIWALA DE CAIMAN ALTO |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1685 | 30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C.71.556.553 | JUAN ALBERTO ARIAS HENAO |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1683-2021 | 30-09-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 71.264.672 | PEDRO DIAZ SERPA |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1715-2021 | 01-10-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | C.C. 98.612.280 | OMAR DE JESUS HOYOS CASTAÑEDA |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1710-2021 | 01-10-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | NIT 900.732.087 | JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL VEREDA SAN JACINTO SAN PEDRO DE URABA |
RESOLUCIÓN NRO. 200-03-30-05-1711-2021 | 01-10-2021 | Por medio de la cual se libra mandamiento de pago | NIT 900.117.279 | JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL CORREGIMIENTO NUTIBARA |