En cumplimiento del Decreto 01 de 1984 del 02 de enero de 1984, por el cual se reforma el CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO y dando alcance al ARTÍCULO 44. Boletín corporativo, que expresa:
“DEBER Y FORMA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL
ARTÍCULO 44. Las demás decisiones que pongan término a una actuación administrativa se notificarán personalmente al interesado, o a su representante o apoderado.
Si la actuación se inició por petición verbal, la notificación personal podrá hacerse de la misma manera.
Si no hay otro medio más eficaz de informar al interesado, para hacer la notificación personal se le enviará por correo certificado una citación a la dirección que aquél haya anotado al intervenir por primera vez en la actuación, o en la nueva que figure en comunicación hecha especialmente para tal propósito. La constancia del envío se anexará al expediente. El envío se hará dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del acto.
No obstante, lo dispuesto en este artículo, los actos de inscripción realizados por las entidades encargadas de llevar los registros públicos se entenderán notificados el día en que se efectúe la correspondiente anotación.
Al hacer la notificación personal se entregará al notificado copia íntegra, auténtica y gratuita de la decisión, si ésta es escrita.
En la misma forma se harán las demás notificaciones previstas en la parte primera de este código.
Igualmente, de acuerdo a lo indicado en el DECRETO 491 DE 2020, Artículo 4. Notificación o comunicación de actos administrativos. Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos, para ello deberá manifestarlo por escrito ante esta Autoridad al correo electrónico, atencionalusuario@corpouraba.gov.co., en todo caso de no surtirse la notificación personal en el término señalado. Por otro lado, en las actuaciones adelantadas bajo el Decreto 01 de 1984, en caso de no surtirse la notificación personal, esté se realizará por medio de edicto y tendrá los mismos efectos legales, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 del Decreto 01 de 1984.
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 09/08/2021 a las 7:00 AM
Fecha de Desfijación: 13/08/2021 a las 5:30 PM
NO. DE EXPEDIENTE |
TIPO DE ACTO ADMINISTRATIVO |
NO. DE ACTO ADMINISTRATIVO |
ASUNTO |
SE CITA A: |
160-901-450-2007 |
Resolución |
200-03-20-01-1475-2020 DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2020 |
POR LA CUAL SE DECRETA LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA DENTRO DE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA No. 210-03-50-01-0339- DE 09 DE JUNIO DE 2008 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES |
ARCESIO GONZÁLEZ CC. 8.171.986 |
200-165130-104-2011 |
AUTO |
200-03-50-03-0588-2018 DEL 26 DE DICIEMBRE DE 2018 |
POR EL CUAL SE ABRE A PERIODO PROBATORIO UN TRÁMITE SANCIONATORIO AMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES |
GUSTAVO HINCAPIÉ CC. 70.251.712 |
200-165130-086-2010 |
AUTO |
200-03-50-99-0564-2018 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2018 |
POR EL CUAL SE ABRE A PERIODO PROBATORIO UN TRÁMITE SANCIONATORIO AMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES |
JOSÉ NELSON JARAMILLO QUINTERO CC. 10.241.365 LIBARDO RESTREPO 3.637.808 LEONARDO ALEXANDER TAMARA CC. 79.562.876 ERNESTO ANTONIO MARTÍNEZ PATERNINA CC. 15.608.633 PEDRO ANTONIO DÍAZ ORTIZ CC. 8.337.345 |
200-165130-103-2011 |
AUTO |
200-03-50-03-0572-2018 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 2018 |
POR LA CUAL SE OTORGA VALOR PROBATORIO UN TRÁMITE SANCIONATORIO AMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES |
RAMIRO DE JESÚS GONZÁLEZ ARENAS CC. 1.039.284.940 JULIO ALBERTO HENAO ACEVEDO CC. 8.416.852 |
200-165126-054-2011 |
AUTO |
200-03-50-03-0214-2014 DEL 26 DE JUNIO DE 2014 |
POR EL CUAL SE ABRE A PERIODO PROBATORIO UN TRÁMITE SANCIONATORIO AMBIENTAL |
LEONARDO ESCOBAR MORELO CC. 98.612.673 |
200-165130-200-2010 |
AUTO |
200-03-50-03-0567-2018 DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2018 |
POR LA CUAL SE OTORGA VALOR PROBATORIO UN TRÁMITE SANCIONATORIO AMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES |
GUILLERMO LEÓN ÚSUGA CARDONA CC. 70.057.110 DARIO DE JESÚS GARCIA MUÑOZ CC. 621.025 |
160904-022-2004 |
RESOLUCIÓN |
200-03-20-01-1735-2020 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 |
POR LA CUAL SE ORDENA ARCHIVAR UN EXPEDIENTE Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES |
GABRIEL JAIME SIERRA CC. 70.070.712 DEMETRIO MESTRA GONZÁLEZ CC. 6.706.414 |