En cumplimiento del Artículo 45 del Decreto 01 de 1984 donde se expresa:
“ARTÍCULO 45. Si no se pudiere hacer la notificación personal al cabo de cinco (5) días del envío de la citación, se fijará edicto en lugar público del respectivo despacho, por el término de diez (10) días, con inserción de la parte resolutiva de la providencia.”
Fecha de Fijación: día: 16-09-201
Fecha de Des fijación: 29-09-2021