En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 69. Notificación por aviso. Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. (Subrayado fuera del texto original).
En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.”
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 27/01/2023 a las 7:00 AM
Fecha de Des fijación: 02/02/2023 a las 5:30 PM
NÚMERO DE EXPEDIENTE | TIPO Y NÚMERO DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE RECURSO | SE NOTIFICA A: |
200-165601-236-2009 | Resolución N°200-03-20-01-1637-2020 del 18 de diciembre de 2020 | Por el cual se ordena archivar un expediente y se dictan otras disposiciones
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Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación, con fundamento en lo establecido en el decreto 01 de 1984. | Neder Valencia Julio,
Propietario de la finca VILLA KAREN
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200-165128-529-2009 | Resolución N°200-03-20-01-1726-2020-del 30 de diciembre de 2020 | Por el cual se ordena archivar un expediente y se dictan otras disposiciones | Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación, con fundamento en lo establecido en el decreto 01 de 1984. | Marta Rubiela Solano
Cc:43.084.286 en calidad de apoderada de la señora Luz Magnolia Rodríguez Herrera |
200-165129-081-2010 | Resolución N° 200-03-20-01-1652 del 21 de diciembre de 2020 | Por el cual se ordena archivar un expediente y se dictan otras disposiciones | Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación, con fundamento en lo establecido en el decreto 01 de 1984. | Rafael Antonio Plata Herrera
Cc:11.865.270 |
200-165-128-621-200- | Resolución N° 200-03-50-03-0253-2022 del 14 de julio de 2022 | Por el cual se otorga valor probatorio a unas diligencias administrativas y se corre traslado para presentar alegatos de conclusión dentro de un procedimiento sancionatorio | Contra la presente, providencia no procede recurso alguno. | Robinson Chaverra Echavarría
Cc:71981.994 Elkin Alberto González Fonseca Cc:71.718.873 Juan Camilo González López Cc:1.045.510.604 |
100586-2003 | Auto N° 200-03-50-99-0265-2015 del 06 de julio de 2015 | Por el cual se ordena el archivo de un expediente | Contra la presente, providencia no procede recurso alguno. | Sociedad Fadeco S.A
Nit.860-024-935-5 |
200-165128-176-2014 | Auto N° 200-03-50-04-0333-2014 del 19 de septiembre de 2014 | Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y de adoptan otras disposiciones. | Contra la presente, providencia no procede recurso alguno. | Efraín Cadavid Osorio
Cc:18.601.753 |
200-165601-236-2009 | Resolución N°200-03-20-01-1637-2020 del 18 de diciembre de 2020 | Por el cual se ordena archivar un expediente y se dictan otras disposiciones | Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación, con fundamento en lo establecido en el decreto 01 de 1984. | Luis Ernesto Monsalve Galeno, En Calidad De Representante de la SOCIEDAD POZOS Y CONSTRUCCIONES DEL DARIEN LTDA
Nit 811.003.202-7 |