Teniendo en cuenta las estimaciones realizadas por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM- sobre el desarrollo del fenómeno El niño en 2019 y de los impactos que ocasiona, tales como, escasez hídrica e incendios forestales y con fundamento en lo establecido en el numeral 35 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, parágrafo 3 del artículo 31 de la Ley 1523 de
2012, artículos. 2.3.2.7.8, 2.2.3.2.13.16 del Decreto 1076 de 2015; CORPOURABA adopta, las siguientes medidas: