En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 69. Notificación por aviso. Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. (Subrayado fuera del texto original).
En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.”
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 16/12/2022 a las 7:00 AM
Fecha de Desfijación: 22/12/2022 a las 5:30 PM
NRO. DE EXPEDIENTE | TIPO DE ACTO ADMINIS
TRATIVO |
NRO. DE ACTO ADMINIS
TRATIVO |
ASUNTO | PROCEDE RECURSO
DE REPOSICIÓN |
SE NOTIFICA A: |
200-165129-0070-2022 | Auto | 200-03-50-05-0378-2022 del 23 de septiembre de 2022 | “Por el cual se formulan cargos y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente decisión no procede ningún recurso | Juan Carlos Torrente Osten
Cc: 1.014.222.150 |
200-165130-0151-2020 | Auto | 200-03-50-05-0518-2022 del 15 de noviembre de 2022 | “Por el cual se formulan cargos y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente decisión no procede ningún recurso | Carlos Iván Correa Díaz
Cc: 78.304.749
Camilo Andres Graciano Vásquez Cc: 1.039.287.494
Wilson Antonio Argumedo Vargas Cc: 1.063.361.975
Dolmer Antonio Ferraro Manco Cc: 1.039.288.413
Andres García Gallego Cc: 1.040.799.049
Juan Bautista Giraldo Úsuga Cc: 1.193.152.703
Jaider Yamith Higuita Sepúlveda Cc: 1.039.285.232 |