En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 69. Notificación por aviso. Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. (Subrayado fuera del texto original).
En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.”
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 30/01/2023 a las 7:00 AM
Fecha de Des fijación: 03/02/2023 a las 5:30 PM
NÚMERO DE EXPEDIENTE | TIPO Y NÚMERO DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE RECURSO | SE NOTIFICA A: |
200-165605-077-2009 | Resolución N°200-03-20-01-2177-2018 del 11 de diciembre 2018 | Por el cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria y se dictan otras disposiciones | Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación, con fundamento en lo establecido en el decreto 01 de 1984. | Guillermo Álvarez |
200-165128-130-2011 | Resolución N°200-03-20-01-2014-2022 del 03 de agosto de 2022 | Por la cual se ordena archivar un expediente | Contra la presente providencia procede recurso de reposición ante la directora general, el cual deberá presentarse de manera personal y por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación. | Juan Carlos Jaramillo Pareja
Cc:15.348.455 |
200-165202-152-2009 | Resolución N°200-03-20-01-1119-2018 del 09 de julio de 2018 | Por la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria y se adoptan otras disposiciones | Contra la presente providencia no procede recurso alguno. | Iván Restrepo Uribe
Cc:70.073.750 |
200-165129-021-2013 | Resolución N° 200-03-20-01-1362-2020 del 11 de noviembre de 2020. | Por el cual se ordena archivar un expediente y se dictan otras disposiciones | Contra la presente, providencia procede recurso ante la directora general de la corporación, el cual deberá presentarse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación. | Luis Alfonso Echavarría
Cc:98.614.481 |
200-165126-069-2012 | Resolución N° 200-03-20-01-1543-2018 del 07 de septiembre de 2018 | Por la cual se ordena la cesación de un procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones | Contra la presente, providencia procede recurso ante la directora general de la corporación, el cual deberá presentarse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación; de conformidad con lo establecido en el articulo 76 de la ley 1437 de 2011. |
Julio Cesar Vásquez Rivera Cc:8.303.855
Melvis Leonardo Márquez Rodríguez Cc: 8.339.463 |
170-16-51-26-0019-2021 | Resolución N° 200-03-20-01-2417-2022 del 16 septiembre 2022 | Por la cual se ordena la cesación y archivo de un procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones | Contra la presente, providencia procede recurso ante la directora general de la corporación, el cual deberá presentarse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación; de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la ley 1437 de 2011. |
Clauss Herman Henkel Pasaporte N° 43.544.030 |
200-165129-076-2012 | Resolución 437-Jorge-Arango-Arango-exp.076-12-2.pdf | Por la cual se ordena el archivo de un expediente y se dictan otras disposiciones. | Contra la presente, providencia procede recurso ante la directora general de la corporación, el cual deberá presentarse personalmente y por escrito, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su notificación; de conformidad con lo establecido en el decreto 01 de 1984 |
Jorge Arango Arango Cc: 8.303.127 |
150-16-51-28-0020-2012 | Resolución 200-03-20-01-0167-2019 del 14 de febrero de 2019 | Por la cual se ordena el archivo definitivo de un expediente y se dictan otras disposiciones. | Contra la presente, providencia procede recurso ante la directora general de la corporación, el cual deberá presentarse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación; de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la ley 1437 de 2011. | Ramon Antonio Loaiza Vásquez
Cc: 8.415.418. |
200-165128-050-2010 | Resolución N° 200-03-20-01-0010-2021 del 04 de enero de 2021 | Por la cual se ordena el archivo histórico de un expediente y se dictan otras disposiciones. | Contra la presente providencia no procede recurso alguno. | Euclides Correa Salas
Cc:71.983.546 |
200-165128-012-2010 | Resolución N°200-03-20-01-0007-2021 del 04 de enero de 2021 | Por la cual se ordena el archivo histórico de un expediente y se dictan otras disposiciones. | Contra la presente providencia no procede recurso alguno. | Julio Ernesto Hoyos Posada
Cc:15.368.409 |
200-16-51-30-0002-2016 | Auto N° 200-03-50-99-0269-2022 del 28 de julio de 2022 | Por la cual se corre traslado para presentar alegatos de conclusión dentro de un procedimiento sancionatorio ambiental | Contra la presente providencia no procede recurso alguno. | Azael Lozano Arboleda
Cc:4.842.092 Banny Úsuga David Cc:8.331.800 |