Haciendo uso del principio de analogía, se dará aplicación a lo establecido en el artículo 65 de la ley 1437 de 2011, el cual dispone: “ARTÍCULO 65. Deber de publicación de los actos administrativos de carácter general. Los actos administrativos de carácter general no serán obligatorios mientras no hayan sido publicados en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso.
Cuando se trate de actos administrativos electrónicos a que se refiere el artículo 57 de esta Ley, se deberán publicar en el Diario Oficial o gaceta territorial conservando las garantías de autenticidad, integridad y disponibilidad” (…) y en concordancia con el articulo 69 ibídem, se publicará por el termino de cinco (5) días hábiles…
De conformidad con lo anterior, se procederá con la publicación de los siguientes actos administrativos en la página web de CORPOURABA www.corpouraba.gov.co
Fecha de fijación: 08/02/2023 a las 7:00am
Fecha de des fijación: 14/02/2023 a las 5:30pm
NRO. DE EXPEDIENTE | TIPO Y NRO. DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE RECURSO DE REPOSICION | SE NOTIFICA A: |
200-165129-0335-2019 | Auto N°200-03-50-04-0481-2020 del 21 de diciembre de 2020 | Por el cual se inicia un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno | Jhon Fredy Dominico Dominico
Cc 8.075.526
Diego Fernando Dominico Cuñapa Cc 1.193.076.335 |
200-165128-0044-2015 | Resolución N° 200-03-20-01-1998-2022 del 02 de agosto de 2022 | Por la cual se ordena archivar un expediente | Contra la presente resolución procede ante la Dirección General de CORPOURABA, el Recurso de Reposición, el cual deberá interponerse personalmente y por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución o desfijación del aviso | Nayib Hernández Feria
Cc 8.335.790 |