Otros Que Aplican al Proceso de Aplicación de la Autoridad Ambiental en el Recurso de Flora
OTRO | DESCRIPCIÓN | FECHA DE EXPEDICIÓN | ENTIDADA QUE EXPIDE | SÍNTESIS |
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Ordenanza 45 | Por la cual se crea el programa para el control de deforestación y la gestión sostenible de los bosques en el Departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones. | 30/12/2022 | Asamblea Departamental de Antioquia. | Gestión sostenible de los bosques |
Directiva 6 | Control y vigilancia de las actividades ganaderas en las áreas del sistemas de parques nacionales naturales (spnn) y los parques naturales regionales (pnr) | 22/04/2022 | Procuraduría General de la Nación | Control y vigilancia de las actividades ganaderas en las áreas del sistemas de parques nacionales naturales (spnn) y los parques naturales regionales (pnr) |
Circular 09 | Remisión informe anual de actividades. | 17/02/2022 | CORPOURABA | Circular dirigida a Empresas con Registro de Libro de Operaciones forestales ante CORPOURABA- recuerda la obligación de remitir a CORPOURABA el informe anual de actividades. |
CONPES 4050 | Política para la consolidación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas – SINAP. | 27/09/2021 | DNP y otras entidades. | Política para la consolidación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas – SINAP. |
Circular 11 | Uso de claves y cumplimiento de roles en SUNL | 19/04/2021 | CORPOURABA | Circular dirigida a personal a cargo del manejo de la plataforma VITAL para la expedición de SUNL. |
CONPES 4021 | Por el cual se crea el Programa para el Control de la Deforestación y la Gestión Sostenible de los Bosques del Departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones. | 21/12/2020 | Ministerio del Medio Ambiente – Departamento Nacional de Planeación | Se crea el Programa para el Control de la Deforestación y la Gestión Sostenible de los Bosques del Departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones. |
Guía Sin Número | Lineamientos y guía para la ordenación forestal en Colombia. | Diciembre de 2020 | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible | El MADS emite lineamientos y guía para la ordenación forestal, establece las fases y pasos para el desarrollo de la ordenación forestal. |
Circular 045 | Implementación del Libro de Operaciones forestal en línea – RLOFL | 20/11/2020 | CORPOURABA | CORPOURABA informa a los usuarios de cambios en los procedimientos para el RLOFL, y anuncia el desarrollo de plataforma en línea por el MADS. |
Circular 033 | Directrices para la expedición de Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL) bajo el Estado de Emergencia Sanitaria COVID 19 declarada mediante la Resolución 385 de 2020. | 11/06/2020 | CORPOURABA | Establece regulaciones para la emisión de SUNL en período de emergencia por COVID. |
Circular 2378 | Aplicabilidad del Parágrafo 2° y de Parágrafo transitorio del Artículo 125. | 02/12/2019 | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible | Aplicabilidad del Parágrafo 2° y de Parágrafo transitorio del Artículo 125 |
Ordenanza 16 | Por medio de la cual se moderniza el Sistema Departamental de Áreas Protegidas de Antioquia, las categorías de manejo así como los instrumentos y actores que lo conforman. | 20/08/2015 | Asamblea Departamental de Antioquia | Se crea el sistema departamental definiendo, objetivos de conservación, comités técnico y directivo, entre otros. |
COP 8
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Se registra el PNR Humedales entre los Rios León – Suriqui como un área SPAW.
ÁREA PROTEGIDA BAJO EL PROTOCOLO SPAW* de particular importancia para la Región del Gran Caribe
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09/12/2014 | Octava reunión de las partes contratantes (COP) del protocolo relativo a las áreas flora y fauna silvestres. | Se registra como área SPAW el PNR humedales entre los rios Leon y Suriqui. |
Circular 000368 | Aplicación de medidas administrativas en el control de productos forestales. | 05/10/2012 | Gobernación de Antioquia. | Medidas administrativas en el control de productos forestales. |
Circular informativa 100-05-01-02-0026 | Expedición de salvoconductos de removilización y renovación. | 29/08/2012 | CORPOURABA | No se renovará y/o removilizará salvoconductos que no sean entregados en las oficinas de CORPOURABA dentro del día de expedición cuando el motivo sea daño en el vehículo transportador o ausencia del mismo para realizar su respectiva movilización.
-CORPOURABA se abstendrá de removilizar productos forestales que posean más de tres (3) meses contados a partir de la fecha de expiración del Salvoconducto Único Nacional. -Todo salvoconducto proveniente de otra Corporación para ser removilizado, así como los saldos derivados del mismo, deberá ser autorizado mediante escrito firmado con número de documento del propietario del mismo. No se requiere documento cuando el titular del documento es quién realiza la diligencia ante CORPOURABA. -Para todos los casos se requiere la presentación del documento de identidad para el trámite de salvoconducto. |
Documento | Documento CONPES 2834 | Enero de 1996 | Ministerio del Medio Ambiente – Departamento Nacional de Planeación | Política de Bosques |