La Directora General de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá “CORPOURABA”, en uso de sus atribuciones legales que le confiere el artículo 31 de la Ley 99 de 1993 y en especial lo dispuesto en el del Decreto 1076 de 2015 y,
Por medio del cual se restringe el acceso de visitantes a la playa Bobalito en el Distrito Regional de Manejo Integrado Ensenada de Rionegro, los bajos aledaños, las ciénagas de Marimonda y el Salado, jurisdicción del Municipio de Necocli”
Este es nuestro link http://corpouraba.gov.co/pai-2020-2023/. Tus recomendaciones serán tenidas en cuenta durante la audiencia pública, programada para el próximo jueves 30 de abril a las 8:30 a.m. a la cual podrás conectarte por medio de nuestras plataformas virtuales.